PREDIF celebra la nueva Ley de Empleo que incorpora mejoras en materia de discapacidad


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El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer definitivamente, tras su trámite en el Senado, la nueva normativa que refrenda avances como equiparar, a efectos laborales, la situación de incapacidad permanente con la discapacidad, o la accesibilidad en las herramientas digitales de formación para demandantes de trabajo

La Plataforma Representativa de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, PREDIF, celebra la nueva Ley de Empleo que fue aprobada ayer definitivamente por el Pleno del Congreso de los Diputados y que ha refrendado las mejoras sobre discapacidad incorporadas en el Senado.

La entidad valora positivamente estos avances que incluyen la equiparación, a efectos laborales, de la situación de incapacidad permanente con la discapacidad o la consideración como colectivos de atención prioritaria para políticas de empleo a las “personas con discapacidad, personas con capacidad intelectual límite y personas con trastornos del espectro autista”.

Estas propuestas son algunas de las que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) realizó a los grupos parlamentarios que no fueron incluidas en el texto en el Congreso y que sí lo hicieron los partidos en el Senado.

Otra de las que finalmente se ha introducido en la ley es la necesidad de que las plantillas de los servicios de empleo cuenten con “la suficiente especialización en el desarrollo de políticas de empleo para dar respuesta a las nuevas realidades y a los diferentes perfiles demandantes de ocupación, incluidas las personas con discapacidad”. Para tal fin, “se incluirá formación específica en accesibilidad cognitiva para atender las especiales necesidades de las personas con discapacidad intelectual o con trastorno del espectro del autismo” y para cualquier tipo de discapacidad. Asimismo, “los servicios de empleo procurarán, prioritariamente, el acceso de estas personas al empleo ordinario, el mantenimiento del empleo, la mejora de su empleabilidad a lo largo de su ciclo laboral y su desarrollo profesional.”

Además, la ley estipula que las herramientas digitales de formación para demandantes de trabajo deberán ser accesibles, como reza específicamente en el texto: “Serán finalidades prioritarias de las acciones de empleabilidad la mejora de las competencias básicas de las personas demandantes de empleo en comunicación oral y escrita y en aptitudes de manejo y aprovechamiento de las herramientas digitales y tecnológicas asegurándose la plena accesibilidad y la no discriminación en el uso de dichas herramientas”.

Por último, “los servicios públicos de empleo diseñarán y pondrán en marcha acciones positivas dirigidas a las personas con discapacidad. Las medidas más adecuadas del catálogo de instrumentos de empleabilidad, a la vista del perfil de las personas demandantes de servicios de empleo, serán objeto de las adaptaciones necesarias para su plena efectividad”.

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